La Resolución de 8 de abril de 2026 publica las nuevas tablas salariales para 2026 del Convenio colectivo del grupo de marroquinería, cueros repujados y similares en las comunidades mencionadas. Estas tablas se aplican a los trabajadores contratados en estas zonas y deben ser incorporadas en los acuerdos internos de las empresas. El plazo para su aplicación es de tres meses desde la publicación (art. 86.3 y 90.2 del RDL 2/2015).
Aplica a este perfil
art. 86.3 y 90.2 del RDL 2/2015
Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.
art. 86.3 y 90.2 del RDL 2/2015
Para las empresas del grupo marroquinería en las comunidades de Madrid, Castilla-La Mancha, La Rioja, Cantabria, Burgos, Soria, Segovia, Ávila, Valladolid y Palencia, se establecen nuevas tablas salariales que deben aplicarse en los contratos de trabajo. Los trabajadores afectados reciben un ajuste salarial según las nuevas tablas. Las empresas deben actualizar sus acuerdos internos en un plazo de tres meses (art. 86.3 y 90.2 del RDL 2/2015).
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Aplicar las nuevas tablas salariales del año 2026 en contratos de trabajo | art. 86.3 y 90.2 del RDL 2/2015 | 3 meses desde la publicación |
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