La Resolución de 8 de abril de 2026 publica las nuevas tablas salariales para 2026 del Convenio colectivo del grupo de marroquinería, cueros repujados y similares en las comunidades mencionadas. Estas tablas se aplican conforme a los artículos 86.3 y 90.2 y 3 del Real Decreto Legislativo 2/2015, y se enmarcan en el marco del Convenio aprobado en marzo de 2024. Las empresas deben adaptar sus salarios a las nuevas tablas en un plazo de tres meses desde la publicación, según lo establecido en el texto refundido.
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art. 86.3 y 90.2 y 3 del RDL 2/2015
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Para las empresas del grupo de marroquinería en las comunidades indicadas, se debe ajustar el salario de los trabajadores a las nuevas tablas salariales para 2026. Los trabajadores benefician de un salario más actualizado. Las administraciones y asesores deben verificar la aplicación de las nuevas tablas en los contratos y registros laborales. Las empresas que no actúen dentro del plazo corren el riesgo de incumplimiento del convenio colectivo.
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Aplicar las nuevas tablas salariales para 2026 en los contratos de trabajo | arts. 86.3 y 90.2 y 3 del RDL 2/2015 | 3 meses desde la publicación |
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