Los ayuntamientos y comunidades autónomas deben ampliar plazos de presentación de solicitudes de vivienda hasta 30 días adicionales
Ficha tecnica
Resumen
El Real Decreto 326/2026 modifica los plazos establecidos en los arts. 78, 88 y 115 del Real Decreto 42/2022, al ampliarlos en 30 días adicionales. Este cambio beneficia a ayuntamientos y comunidades autónomas que presentan solicitudes de vivienda, permitiendo un tiempo mayor para la revisión y aprobación de las solicitudes. La modificación se realiza conforme a los arts. 23 y 24 de la Ley 12/2023, de 24 de mayo.
En 2 claves
- Se amplían los plazos de presentación en 30 días según los arts. 78, 88 y 115 del RD 42/2022 (art. 78, 88 y 115 del RD 42/2022)
- La modificación se basa en los arts. 23 y 24 de la Ley 12/2023 (art. 23 y 24 de la Ley 12/2023)
A quien afecta
Aplica a este perfil
- Ayuntamientos que gestionan solicitudes de vivienda
- Solicitudes de vivienda en el ámbito local
art. 4.7, 5.2, 15.2, 24 y 27 del RD 853/2021
Aplica a este perfil
- Comunidades autónomas que gestionan solicitudes de vivienda
- Procedimientos de evaluación de viviendas sociales
art. 4.7, 5.2, 15.2, 24 y 27 del RD 853/2021
Como afecta a los implicados
Los ayuntamientos y comunidades autónomas ganan tiempo para procesar solicitudes de vivienda, reduciendo la presión administrativa. Los solicitantes de vivienda pueden esperar una mayor atención y trámite, aunque el plazo no se amplía para el público en general. Los asesores de vivienda deben informar a sus clientes sobre el nuevo plazo y ajustar sus procedimientos de seguimiento.
Que hacer y antes de cuando
| Accion | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Revisar y ajustar los plazos de presentación de solicitudes de vivienda en los procedimientos locales | art. 78, 88 y 115 del RD 42/2022 | 30 días adicionales |
Linea de vida
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