Los extranjeros con autorización de empresa de transformación agraria: 3 meses para adaptar el procedimiento de solicitud
Ficha tecnica
Resumen
El Real Decreto 316/2026 modifica el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000 sobre derechos de extranjeros, derogando la disposición transitoria 5 del Real Decreto 1155/2024 y añadiendo las disposiciones adicionales 20 y 21. Estas nuevas normas establecen un nuevo procedimiento para la solicitud de autorización de empresa de transformación agraria por parte de extranjeros, con un plazo de adaptación de 3 meses desde la entrada en vigor (art. 31.3 y disposición transitoria 5 modificada).
En 3 claves
- Se deroga la disposición transitoria 5 del RD 1155/2024 (disposición transitoria 5 modificada)
- Se añaden las disposiciones adicionales 20 y 21 al reglamento (disposiciones adicionales 20 y 21)
- Plazo de adaptación de 3 meses desde la entrada en vigor (art. 31.3)
A quien afecta
Aplica a este perfil
- Empresas de transformación agraria con extranjeros en su estructura
Aplica a este perfil
- Autónomos que desarrollen actividades de transformación agraria y tengan extranjeros como trabajadores
Aplica a este perfil
- Personas físicas que gestionen empresas de transformación agraria extranjeras
Aplica a este perfil
- Extranjeros que soliciten autorización de empresa de transformación agraria
art. 31.3
Como afecta a los implicados
Los extranjeros que gestionen empresas de transformación agraria deben adaptar su procedimiento de solicitud dentro de 3 meses. Las administraciones de extranjeros deben actualizar sus sistemas para incorporar el nuevo procedimiento. Los asesores y gestoras deben informar a sus clientes sobre los cambios y los plazos de adaptación. El sector agrario extranjero puede beneficiarse de una mayor accesibilidad administrativa si el nuevo procedimiento es más sencillo.
Que hacer y antes de cuando
| Accion | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Adaptar el procedimiento de solicitud de autorización de empresa de transformación agraria | disposiciones adicionales 20 y 21 | 3 meses desde la entrada en vigor |
Linea de vida
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