La Ley 1/2026 deroga el artículo 10.1.i. de la Ley 2/2018 sobre memoria y reconocimiento democrático de las Illes Balears, que establecía un régimen de subvenciones para proyectos culturales. Este cambio elimina la figura de subvención por reconocimiento democrático, afectando directamente a las empresas que dependían de ese régimen (art. 10.1.i). El texto no menciona nuevas medidas ni plazos para adaptación, por lo que no se establece una obligación específica de cambio en el registro de jornada ni multas por incumplimiento.
Aplica a este perfil
art. 10.1.i
Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.
Las empresas de Baleares que recibían subvenciones por proyectos culturales pierden acceso a ese tipo de financiación. No hay cambios en el registro de jornada ni multas. El impacto es directo en el ámbito de subvenciones culturales, con consecuencias en el presupuesto de proyectos históricos y culturales. No se especifica un plazo ni una obligación de adaptación para el registro de jornada (art. 10.1.i).
Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.
El equipo subvenciones revisa tu situación concreta.