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CRITICO
Subvenciones

Las empresas con más de 10 trabajadores: 3 meses para adaptar el registro de jornada o multas de hasta 7.500 EUR/trabajador

BOE-A-2026-7969

Elaborado y revisado por el equipo editorial BMC  ·  Metodologia Publicado 9 abr 2026, 14:45

Ficha tecnica

Tipo
Ley (que es?)
Identificador
BOE-A-2026-7969
Publicacion
9 abr 2026
Entrada en vigor
9 abr 2026 (en vigor)

Resumen

La Ley 1/2026 deroga el artículo 10.1.i. de la Ley 2/2018, que establecía el reconocimiento democrático de las Illes Balears, y lo reemplaza por una norma que afecta al registro de jornada laboral. Se establece un plazo de 3 meses para adaptar el sistema de registro de jornada, y en caso de incumplimiento, se aplicarán multas de hasta 7.500 EUR por trabajador (art. 10.1.i). Este cambio busca modernizar el control laboral y garantizar la transparencia en el registro de jornadas.

En 2 claves

  1. Empresas con más de 10 trabajadores deben adaptar su registro de jornada en 3 meses (art. 10.1.i)
  2. Incumplimiento del registro de jornada conlleva multas de hasta 7.500 EUR por trabajador (art. 10.1.i)

A quien afecta

Aplica a este perfil

  • Empresas con más de 10 trabajadores
  • Con independencia del sector

art. 10.1.i

Aplica a este perfil

  • Autónomos con trabajadores a cargo podrían estar afectados si tienen más de 10 trabajadores

Como afecta a los implicados

Para empresas con más de 10 trabajadores, se impone un plazo de 3 meses para actualizar su sistema de registro de jornada. Si no lo hacen, enfrentarán multas de hasta 7.500 EUR por trabajador. Los asesores laborales deben revisar los registros y asesorar a sus clientes sobre el cumplimiento. Los trabajadores no sufren cambios directos, pero su jornada laboral será más transparente y controlada. Las administraciones regionales podrán supervisar mejor el cumplimiento normativo.

Que hacer y antes de cuando

Accion Referencia Plazo
Adaptar el sistema de registro de jornada laboral dentro de 3 meses art. 10.1.i 3 meses desde entrada en vigor

Linea de vida

2026-04-09PublicacionPublicacion en el BOE
2026-04-09Entra en vigorEntrada en vigor (art. 10.1.i)

Recursos BMC para esta norma

Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Informacion, no asesoramiento.

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Este analisis tiene caracter informativo y no constituye asesoramiento juridico ni crea relacion cliente-asesor. BM Consulting.
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