Empresas comerciales: 3 meses para adaptar licencias y establecimientos a nuevas normas de ordenación
Ficha tecnica
Resumen
La ley modifica y deroga normas sobre licencias y equipamientos comerciales, añadiendo nuevos artículos (53 bis, 54 bis) y disposiciones transitorias. Se establece un plazo de tres meses para adaptar los establecimientos a las nuevas condiciones de ordenación, a partir de la entrada en vigor. Esto afecta directamente a los comerciantes que operan en municipios bajo régimen de ordenación comercial.
En 3 claves
- Plazo de 3 meses para adaptar establecimientos comerciales (disposiciones adicionales 6 y transitoria 3)
- Derogación de artículos 23.6, 33 y 34 de la Ley 18/2017 (art. 23.6, 33 y 34)
- Añadido de artículos 53 bis y 54 bis para ordenación comercial (art. 53 bis, 54 bis)
A quien afecta
Aplica a este perfil
- Empresas con establecimientos comerciales
- Operando en municipios sujetos a ordenación comercial
art. 23.6, 33 y 34
Aplica a este perfil
- Autónomos con establecimientos comerciales en zonas reguladas
Aplica a este perfil
- Empresas con presencia comercial en municipios regulados
art. 4, 5, 8, 9, 17, 18, 23, 25
Como afecta a los implicados
Las empresas comerciales deben actualizar sus licencias y estructuras comerciales dentro de un plazo de tres meses. Los municipios deben reorganizar sus controles de ordenación. Los autónomos y pequeñas empresas con establecimientos en zonas reguladas deben revisar sus operaciones. Los asesores deben informar sobre los cambios en las condiciones de autorización y los plazos de adaptación.
Que hacer y antes de cuando
| Accion | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Revisar y adaptar licencias y estructuras comerciales según nuevas normas | art. 53 bis, 54 bis y disposiciones adicionales 6 y transitoria 3 | 3 meses desde la entrada en vigor |
Linea de vida
Recursos BMC para esta norma
- tax-compliance/iva-empresasVer servicio →