La ley modifica y deroga normas sobre licencias y equipamientos comerciales, añadiendo nuevos artículos (53 bis, 54 bis) y disposiciones transitorias. Se establece un plazo de tres meses para adaptar los establecimientos a las nuevas condiciones de ordenación, a partir de la entrada en vigor. Esto afecta directamente a los comerciantes que operan en municipios bajo régimen de ordenación comercial.
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art. 23.6, 33 y 34
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art. 4, 5, 8, 9, 17, 18, 23, 25
Las empresas comerciales deben actualizar sus licencias y estructuras comerciales dentro de un plazo de tres meses. Los municipios deben reorganizar sus controles de ordenación. Los autónomos y pequeñas empresas con establecimientos en zonas reguladas deben revisar sus operaciones. Los asesores deben informar sobre los cambios en las condiciones de autorización y los plazos de adaptación.
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Revisar y adaptar licencias y estructuras comerciales según nuevas normas | art. 53 bis, 54 bis y disposiciones adicionales 6 y transitoria 3 | 3 meses desde la entrada en vigor |
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