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CRITICO
Administrativo deporte-ocio

Se suprimen los arts. 60 a 63 y 92 y se añaden los arts. 85 y 85 bis del reglamento del Patrimonio Nacional

BOE-A-2026-7823

Elaborado y revisado por el equipo editorial BMC  ·  Metodologia Publicado 7 abr 2026, 14:36

Ficha tecnica

Tipo
Ley (que es?)
Identificador
BOE-A-2026-7823
Publicacion
7 abr 2026
Entrada en vigor
8 abr 2026 (en vigor)

Resumen

El Real Decreto 261/2026 modifica el reglamento del Patrimonio Nacional al suprimir los artículos 60 a 63 y 92 y añadir los artículos 85 y 85 bis, con el fin de reorganizar las normas sobre gestión y patrimonio cultural. Esta actualización afecta directamente a las administraciones encargadas de la gestión del patrimonio histórico y artístico, así como a los patronatos y entidades vinculadas al sistema de gestión del patrimonio nacional.

En 2 claves

  1. Se suprimen los arts. 60 a 63 y 92 del reglamento (art. 5.3)
  2. Se añaden los arts. 85 y 85 bis al reglamento (art. 5.3)

A quien afecta

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Como afecta a los implicados

Las administraciones del Patrimonio Nacional deben actualizar sus procedimientos internos conforme a la nueva estructura normativa. Los patronatos y entidades gestionadoras deberán adaptar sus funciones y registros según los nuevos artículos. Los asesores en materia cultural deben revisar sus guías y procedimientos para garantizar el cumplimiento de la normativa actualizada.

Linea de vida

2026-04-07PublicacionPublicacion en el BOE
2026-04-08Entra en vigorEntrada en vigor (disposicion final primera)

Recursos BMC para esta norma

Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Informacion, no asesoramiento.

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