Empresas de enseñanza privada con fondos públicos: 3 meses para incorporar acuerdos de retribuciones de Baleares, Navarra y Aragón
Ficha tecnica
Resumen
La Resolución de 16 de marzo de 2026 incorpora acuerdos de retribuciones aprobados en Baleares, Navarra y Aragón al VII Convenio Colectivo de empresas de enseñanza privada sostenidas con fondos públicos. Este cambio afecta a las empresas que cumplen el criterio de sostenibilidad financiera con fondos públicos, y debe aplicarse conforme a lo establecido en el art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015 y el Real Decreto 713/2010. Se establece un plazo de tres meses para su adaptación, aunque no se especifica en el texto la fecha de entrada en vigor ni el mecanismo de cumplimiento detallado.
En 2 claves
- Incorporación de acuerdos de retribuciones de Baleares, Navarra y Aragón al VII Convenio Colectivo (art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015)
- Plazo de tres meses para adaptar el convenio colectivo (Real Decreto 713/2010)
A quien afecta
Aplica a este perfil
- Empresas de enseñanza privada sostenidas con fondos públicos
art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015
Aplica a este perfil
- Autónomos que gestionen centros de enseñanza privada sostenidos con fondos públicos
Aplica a este perfil
- Empresas de enseñanza privada con sostenibilidad financiera por fondos públicos
art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015
Como afecta a los implicados
Para las empresas de enseñanza privada sostenidas con fondos públicos, se actualiza el convenio colectivo con nuevas condiciones de retribución, lo que puede modificar los salarios y las condiciones laborales. Los trabajadores podrían ver ajustes en sus remuneraciones. Los asesores y gestoras deben revisar los contratos y ajustar las condiciones laborales según los nuevos acuerdos. Las administraciones regionales podrían tener que actualizar sus registros laborales.
Que hacer y antes de cuando
| Accion | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Revisar y actualizar condiciones de retribución según los acuerdos de Baleares, Navarra y Aragón | art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015 |
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