Entidades solicitantes: 30 días para eliminar la disposición adicional única de la Orden DSA/1028/2021
Ficha tecnica
Resumen
La Orden JUI/292/2026 suprime la disposición adicional única de la Orden DSA/1028/2021, que establecía condiciones especiales para la concesión de subvenciones en el marco del Cuerpo Europeo de Solidaridad. Este cambio se realiza conforme al Reglamento (UE) 2021/888 y a la Ley 38/2003, y afecta a las entidades que soliciten subvenciones en dicho programa.
En 2 claves
- Se suprime la disposición adicional única de la Orden DSA/1028/2021 (disposiciones modificadas)
- La modificación se realiza conforme al Reglamento (UE) 2021/888 y a la Ley 38/2003 (DE CONFORMIDAD con el Reglamento (UE) 2021/888, de 20 de mayo DE CONFORMIDAD con la Ley 38/2003, de 17 de noviembre)
A quien afecta
Aplica a este perfil
- Entidades que soliciten subvenciones en el marco del Cuerpo Europeo de Solidaridad
Aplica a este perfil
- Autónomos que participen en programas de voluntariado europeo
Aplica a este perfil
- Empresas que soliciten subvenciones en el marco del Cuerpo Europeo de Solidaridad
Como afecta a los implicados
Las entidades que solicitaban subvenciones en el marco del Cuerpo Europeo de Solidaridad deben adaptar sus solicitudes y procedimientos administrativos, ya que se eliminan condiciones especiales previas. Las administraciones públicas y los organismos de voluntariado deben revisar sus procesos de evaluación. Los asesores deben actualizar sus guías para reflejar la nueva estructura normativa.
Que hacer y antes de cuando
| Accion | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Revisar y eliminar cualquier referencia a la disposición adicional única de la Orden DSA/1028/2021 en solicitudes de subvención | disposiciones modificadas |
Linea de vida
Recursos BMC para esta norma
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