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BOE-A-2026-677 ·13 de enero de 2026 ·Real Decreto Impacto medio
Administrativo

Empresas en sector de transporte por cable: 3 meses para incorporar el nuevo certificado profesional de mantenimiento

El Real Decreto 4/2026 establece el certificado profesional en mantenimiento de instalaciones de transporte por cable, con ofertas de grados A y B, alineado con el RD 659/2023 (art. 1). Se fija el currículo y las condiciones de acceso a los grados. El plazo para su incorporación en procesos formativos es de tres meses desde la entrada en vigor (art. 4).

En 3 claves

  1. Se establece el certificado profesional en mantenimiento de instalaciones de transporte por cable (art. 1)
  2. Ofertas de grados A y B con currículo fijado (art. 1)
  3. Plazo de tres meses para su incorporación en formación (art. 4)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Operan en instalaciones de transporte por cable
  • Incluidas en la familia profesional de Instalación y Mantenimiento

art. 1

Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.

art. 1

Aplica a este perfil

  • Operan en instalaciones de transporte por cable
  • Incluidas en la familia profesional de Instalación y Mantenimiento

art. 1

Cómo afecta a los implicados

Las empresas que operan en instalaciones de transporte por cable deben integrar el nuevo certificado profesional en sus planes de formación técnica. Los trabajadores que accedan a los grados A o B deben cumplir con el currículo establecido. El plazo de adaptación es de tres meses desde la entrada en vigor (art. 4). No se afecta a otros sectores o profesiones.

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Incorporar el nuevo certificado profesional en planes de formación técnica art. 4 3 meses desde entrada en vigor

Línea de vida

2026-01-13PublicacionPublicación en el BOE
2026-08-04Entra en vigorEntrada en vigor (disposicion final segunda)
Sectores afectados
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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