El Real Decreto 4/2026 establece el certificado profesional en mantenimiento de instalaciones de transporte por cable, con ofertas de grados A y B, alineado con el RD 659/2023 (art. 1). Se fija el currículo y las condiciones de acceso a los grados. El plazo para su incorporación en procesos formativos es de tres meses desde la entrada en vigor (art. 4).
Aplica a este perfil
art. 1
Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.
art. 1
Aplica a este perfil
art. 1
Las empresas que operan en instalaciones de transporte por cable deben integrar el nuevo certificado profesional en sus planes de formación técnica. Los trabajadores que accedan a los grados A o B deben cumplir con el currículo establecido. El plazo de adaptación es de tres meses desde la entrada en vigor (art. 4). No se afecta a otros sectores o profesiones.
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Incorporar el nuevo certificado profesional en planes de formación técnica | art. 4 | 3 meses desde entrada en vigor |
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