Empresas que soliciten subvenciones de prevención laboral: 3 meses para presentar candidaturas en régimen competitivo
Ficha tecnica
Resumen
La Orden TES/237/2026 deroga la Orden TES/864/2023 y establece nuevas bases para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para actividades de prevención de riesgos laborales. Las empresas deben presentar sus candidaturas conforme a los criterios establecidos, y el plazo para hacerlo se fija en tres meses desde la entrada en vigor (art. 2). Este cambio introduce mayor transparencia y competencia en el proceso de selección de subvenciones.
En 2 claves
- Se deroga la Orden TES/864/2023 y se establece un régimen de concurrencia competitiva para subvenciones de prevención laboral (art. 1.1)
- El plazo para presentar candidaturas es de tres meses desde la entrada en vigor (art. 2)
A quien afecta
Aplica a este perfil
- Empresas con actividad en prevención de riesgos laborales
- Solicitudes de subvenciones en régimen competitivo
art. 1.1
Aplica a este perfil
- Autónomos que realicen actividades de prevención laboral
Aplica a este perfil
- Empresas con actividad en prevención de riesgos laborales
art. 1.1
Como afecta a los implicados
Las empresas de cualquier tamaño que desarrollen actividades de prevención laboral deben adaptar sus procesos de solicitud para cumplir con el nuevo régimen competitivo. Los gestores de recursos humanos y asesores de empleo deben familiarizarse con los nuevos criterios de evaluación. Las fundaciones estatales y organismos públicos que gestionan las subvenciones deben actualizar sus procedimientos de evaluación. El plazo de presentación de candidaturas limita la oportunidad de acceso para quienes no actúen oportunamente.
Que hacer y antes de cuando
| Accion | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Presentar candidatura a subvenciones de prevención laboral en régimen competitivo | art. 2 | 3 meses desde la entrada en vigor |
Linea de vida
Recursos BMC para esta norma
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