Empresas de Binter Canarias: 1 de enero de 2026 para aplicar el nuevo convenio colectivo
Ficha tecnica
Resumen
El Convenio Colectivo de Binter Canarias, SA, se registra y publica por resolución de la Dirección General de Trabajo, con efecto desde el 1 de enero de 2026. Este convenio regula condiciones laborales en el sector de navegación aérea y transportes aéreos, con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2031 y posibilidad de prorrogación. La norma se basa en el art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015 y en el Real Decreto 713/2010.
En 2 claves
- Efecto desde el 1 de enero de 2026 (art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015)
- Vigencia hasta el 31 de diciembre de 2031 (art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015)
A quien afecta
Aplica a este perfil
- Empresas del sector de transporte aéreo o navegación aérea
- Relacionadas con Binter Canarias
Aplica a este perfil
- Autónomos en el sector aéreo o de transporte
Aplica a este perfil
- Empresas de transporte aéreo o navegación aérea con empleados
Como afecta a los implicados
Para los trabajadores de Binter Canarias, desde el 1 de enero de 2026 entran en vigor nuevas condiciones laborales establecidas en el convenio colectivo. Las empresas afectadas deben integrar estas condiciones en sus prácticas internas. Los asesores laborales deben actualizar sus informes y orientación sobre condiciones de trabajo. Las administraciones públicas podrían tener que verificar la conformidad de los contratos con el nuevo convenio.
Linea de vida
Recursos BMC para esta norma
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