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BOE-A-2026-5873 ·13 de marzo de 2026 ·Real Decreto Impacto medio
Administrativo

Se suprime el artículo 31 del R.D. 66/2015 sobre sanciones por incumplimiento de controles alimentarios

La norma suprime el artículo 31 del Real Decreto 66/2015, que establecía sanciones por incumplimiento de controles alimentarios. Este cambio elimina una figura sancionadora específica del régimen de controles. La modificación se realiza conforme a la Ley 12/2013, de 2 de agosto, sobre medidas para mejorar la cadena alimentaria (art. 30).

En 2 claves

  1. Se suprime el artículo 31 del R.D. 66/2015 sobre sanciones por incumplimiento (art. 30)
  2. La modificación se realiza conforme a la Ley 12/2013, de 2 de agosto (art. 30)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Empresas del sector alimentario
  • Sujetas a controles de la Agencia de Información y Control Alimentarios

art. 30

Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.

art. 30

Cómo afecta a los implicados

Las empresas del sector alimentario pierden la referencia específica de sanción por incumplimiento de controles prevista en el artículo 31 del R.D. 66/2015. Las autoridades sanitarias no establecen nuevas sanciones, por lo que el régimen de sanciones se ajusta a lo previsto en otros artículos. El cambio no afecta directamente a los trabajadores ni a los consumidores, pero modifica el marco sancionador administrativo (art. 30).

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2026-03-13PublicacionPublicación en el BOE
2026-03-13Entra en vigorEntrada en vigor (art. 30)
Sectores afectados
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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