El Convenio Colectivo de Deutsche Telekom Global Business Solutions Iberia, SL se modifica en el artículo 57, conforme a lo establecido en el Real Decreto Legislativo 2/2015 y el Real Decreto 713/2010. La modificación se publica mediante resolución de la Dirección General de Trabajo y debe ser aplicada por la empresa en un plazo de tres meses desde su publicación. Esta actualización afecta a los trabajadores contratados bajo el convenio y a la gestión de condiciones laborales específicas relacionadas con el artículo 57.
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Los trabajadores de Deutsche Telekom Global Business Solutions Iberia, SL podrán ver modificadas las condiciones laborales establecidas en el artículo 57 del convenio. Las empresas deben adaptar sus políticas internas y comunicar las nuevas condiciones a sus empleados. Los asesores laborales deben revisar el nuevo contenido del convenio para garantizar el cumplimiento normativo y la transparencia en las relaciones laborales.
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Revisar y aplicar la modificación del artículo 57 del Convenio Colectivo en el plazo de 3 meses | art. 57 del Convenio publicado por Resolución de 25 de julio de 2023 | 3 meses desde la publicación |
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