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Laboral

Empresas del sector papel y cartón: 3 meses para aplicar las nuevas tablas salariales de 2026

BOE-A-2026-5848

Elaborado y revisado por el equipo editorial BMC  ·  Metodologia Publicado 12 mar 2026, 12:24

Ficha tecnica

Tipo
Resolucion (que es?)
Identificador
BOE-A-2026-5848
Publicacion
12 mar 2026
Entrada en vigor
12 mar 2026 (en vigor)

Resumen

La Resolución de 25 de febrero de 2026 publica las nuevas tablas salariales para el sector de pastas, papel y cartón, aprobadas por el Convenio colectivo estatal, conforme al art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015 y al Real Decreto 713/2010. Estas tablas deben ser aplicadas por las empresas del sector dentro de un plazo de tres meses a partir de la publicación, según lo establecido en la Resolución.

En 2 claves

  1. Las empresas del sector papel y cartón deben aplicar las nuevas tablas salariales de 2026 (art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015)
  2. Plazo de tres meses para aplicar las nuevas tablas salariales (Resolución de 25 de febrero de 2026)

A quien afecta

Aplica a este perfil

  • Empresas del sector de pastas, papel y cartón

Resolución de 25 de febrero de 2026

Aplica a este perfil

  • Autónomos que trabajen en el sector papel y cartón

Como afecta a los implicados

Las empresas del sector papel y cartón deben actualizar sus tablas salariales para cumplir con la normativa vigente. Los trabajadores podrán ver modificadas sus remuneraciones según las nuevas tablas. Los asesores laborales deben verificar que las empresas aplican las nuevas tablas en el plazo establecido. Las administraciones regionales podrían realizar controles para asegurar el cumplimiento del convenio colectivo.

Que hacer y antes de cuando

Accion Referencia Plazo
Aplicar las nuevas tablas salariales del año 2026 para el sector de pastas, papel y cartón art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015 3 meses desde la publicación

Linea de vida

2026-03-12PublicacionPublicacion en el BOE
2026-03-12Entra en vigorEntrada en vigor (Resolución de 25 de febrero de 2026)

Recursos BMC para esta norma

Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Informacion, no asesoramiento.

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Este analisis tiene caracter informativo y no constituye asesoramiento juridico ni crea relacion cliente-asesor. BM Consulting.
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