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BOE-A-2026-5299 ·6 de marzo de 2026 ·Resolución Impacto medio
Laboral

Empresas del sector de elaboración de arroz: 3 meses para aplicar tablas salariales provisionales de 2026

La Resolución de 20 de febrero de 2026 publica las tablas salariales provisionales para el año 2026 del Convenio colectivo de industrias de elaboración del arroz. Estas tablas se aplican a las empresas del sector conforme al art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015. La norma establece que las empresas deben adoptar las nuevas tablas salariales en el plazo de tres meses desde su publicación en el BOE (art. 90.3).

En 2 claves

  1. Las empresas del sector de elaboración de arroz deben aplicar las tablas salariales provisionales de 2026 (art. 90.3)
  2. El plazo para la aplicación es de tres meses desde la publicación en el BOE (art. 90.3)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Empresas del sector de elaboración de arroz
  • Con independencia del número de trabajadores

art. 90.2 y 3

Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.

art. 90.2 y 3

Cómo afecta a los implicados

Las empresas del sector de elaboración de arroz deben actualizar sus tablas salariales a partir de las provisionales aprobadas. El cambio afecta directamente a la estructura salarial y puede generar ajustes en los contratos de trabajo. Las empresas que no adopten las nuevas tablas podrían enfrentar sanciones por incumplimiento del convenio colectivo (art. 90.3).

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Aplicar las tablas salariales provisionales del año 2026 del convenio colectivo art. 90.3 3 meses desde la publicación en el BOE

Línea de vida

2026-03-06PublicacionPublicación en el BOE
2026-03-06Entra en vigorEntrada en vigor (Resolución de 20 de febrero de 2026)
Sectores afectados
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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