Grupos multinacionales y de gran magnitud: 12 meses para ajustar base imponible conforme a nuevo impuesto complementario
Ficha tecnica
Resumen
La Ley Foral 18/2025 modifica el artículo 23.1.b de la Ley Foral 26/2016 y el artículo 139.1.b) de la Ley Foral 13/2000, tras transponer la Directiva (UE) 2022/2523, para establecer un impuesto complementario que garantice un nivel mínimo global de imposición para grupos multinacionales y de gran magnitud. Este cambio afecta directamente a la base imponible de estas entidades, con efectos desde la entrada en vigor del texto. La transposición se realiza conforme al Estatuto aprobado por la Ley Orgánica 13/1982.
En 2 claves
- Grupos multinacionales y de gran magnitud deben ajustar base imponible en 12 meses (art. 23.1.b Ley Foral 26/2016)
- Transposición de la Directiva (UE) 2022/2523 para establecer impuesto complementario (art. 139.1.b) Ley Foral 13/2000)
A quien afecta
Aplica a este perfil
- No se especifica si afecta a pymes, pero se limita a grupos de gran magnitud
Aplica a este perfil
- No se indica que afecte a autónomos
Aplica a este perfil
- Grupos multinacionales
- Grupos nacionales de gran magnitud
art. 23.1.b Ley Foral 26/2016
Como afecta a los implicados
Los grupos multinacionales y grupos nacionales de gran magnitud deben ajustar su base imponible dentro de 12 meses, lo que implica un aumento en la carga fiscal para estos grupos. Las empresas afectadas deben revisar sus declaraciones y procedimientos de cálculo. Los asesores fiscales deben adaptar sus informes y análisis tributarios para incluir el nuevo impuesto complementario. Las administraciones navarras podrían ver un incremento en la recaudación tributaria.
Que hacer y antes de cuando
| Accion | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Ajustar la base imponible conforme a la nueva regulación del impuesto complementario | art. 23.1.b Ley Foral 26/2016 | 12 meses desde la entrada en vigor |
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