La Ley Foral 18/2025 modifica el artículo 23.1.b de la Ley Foral 26/2016 y el artículo 139.1.b) de la Ley Foral 13/2000, tras transponer la Directiva (UE) 2022/2523, para establecer un impuesto complementario que garantice un nivel mínimo global de imposición para grupos multinacionales y de gran magnitud. Este cambio afecta directamente a la base imponible de estas entidades, con efectos desde la entrada en vigor del texto. La transposición se realiza conforme al Estatuto aprobado por la Ley Orgánica 13/1982.
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art. 23.1.b Ley Foral 26/2016
Los grupos multinacionales y grupos nacionales de gran magnitud deben ajustar su base imponible dentro de 12 meses, lo que implica un aumento en la carga fiscal para estos grupos. Las empresas afectadas deben revisar sus declaraciones y procedimientos de cálculo. Los asesores fiscales deben adaptar sus informes y análisis tributarios para incluir el nuevo impuesto complementario. Las administraciones navarras podrían ver un incremento en la recaudación tributaria.
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Ajustar la base imponible conforme a la nueva regulación del impuesto complementario | art. 23.1.b Ley Foral 26/2016 | 12 meses desde la entrada en vigor |
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