La Secretaría de Estado de Memoria Democrática declara las manifestaciones en defensa de la democracia y la Constitución de 1981 como Lugar de Memoria Democrática, conforme a la Ley 20/2022 (Acuerdo de 11 de febrero de 2026). Esta declaración implica la inscripción definitiva en el Inventario de Lugares de Memoria Democrática y el impulso de medidas de difusión, homenaje y señalización por parte de la Administración (art. 52.1 Ley de Memoria Democrática).
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art. 4 Ley 39/2015
Para los interesados que hayan intervenido en el procedimiento, el acuerdo será notificado directamente (art. 4 Ley 39/2015). La Administración General del Estado asume la obligación de impulsar recursos audiovisuales, digitales y la instalación de placas o paneles conmemorativos (art. 52.1 Ley de Memoria Democrática). Los afectados disponen de un mes para interponer recurso de reposición o pueden acudir a la vía contencioso-administrativa ante la Audiencia Nacional (art. 123 y 124 Ley 39/2015; art. 11.1.a Ley 29/1998).
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Interponer recurso potestativo de reposición ante el órgano que dicta el acuerdo | art. 123 y 124 Ley 39/2015 | 1 mes desde su publicación |
| Impugnar directamente mediante recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional | art. 11.1.a Ley 29/1998 |
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