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BOE-A-2026-3873 ·19 de febrero de 2026 ·Resolución Impacto medio
Laboral

Empresas del sector frío industrial: 30 días para incorporar las tablas salariales de 2026 del convenio colectivo

La Resolución de 6 de febrero de 2026 publica las tablas salariales para 2026 del Convenio colectivo de ámbito estatal para las industrias del frío industrial. Estas tablas se incorporan conforme al art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015 y al Real Decreto 713/2010. El plazo para su aplicación es de 30 días desde la publicación en el BOE (art. 90.3).

En 2 claves

  1. Las empresas deben incorporar las tablas salariales de 2026 del convenio colectivo (art. 90.3)
  2. El plazo para la aplicación es de 30 días desde la publicación en el BOE (art. 90.3)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Empresas del sector frío industrial
  • Con independencia del tamaño

art. 90.3

Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.

art. 90.3

Aplica a este perfil

  • Empresas del sector frío industrial
  • Con más de 249 trabajadores

art. 90.3

Cómo afecta a los implicados

Las empresas del sector frío industrial deben actualizar sus tablas salariales en los próximos 30 días para cumplir con el convenio colectivo (art. 90.3). Los trabajadores afectados reciben las nuevas condiciones salariales en el periodo de aplicación. Las administraciones laborales no sufren cambios en su funcionamiento, pero deben garantizar la publicación y disponibilidad de las tablas.

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Incorporar las tablas salariales de 2026 del convenio colectivo art. 90.3 30 días desde la publicación en el BOE

Línea de vida

2026-02-19PublicacionPublicación en el BOE
2026-03-19Entra en vigorEntrada en vigor (art. 90.3)
Sectores afectados
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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