Empresas del sector Navieras: 30 días para aplicar el nuevo acuerdo salarial del Convenio colectivo de Trasmed, GLE, SL
Ficha tecnica
Resumen
La Resolución de 6 de febrero de 2026 publica el acuerdo de revisión salarial para el año 2026 del Convenio colectivo de Trasmed, GLE, SL, conforme a lo establecido en el art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015 y el Real Decreto 713/2010. Este acuerdo debe ser aplicado por las empresas del sector Navieras dentro de un plazo de 30 días desde su publicación en el BOE.
En 2 claves
- Empresas del sector Navieras deben aplicar el nuevo acuerdo salarial en 30 días (art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015)
- El acuerdo se publica conforme al Real Decreto 713/2010 (Real Decreto 713/2010)
A quien afecta
Aplica a este perfil
- Empresas del sector Navieras
- Con independencia del tamaño
Aplica a este perfil
- No aplica a autónomos, ya que el acuerdo es para empresas del sector Navieras
Aplica a este perfil
- Empresas del sector Navieras
Como afecta a los implicados
Para las empresas del sector Navieras, se impone una obligación de aplicar el nuevo acuerdo salarial en un plazo de 30 días, lo que puede afectar directamente a los salarios de los trabajadores. Los asesores laborales deben verificar la aplicación del acuerdo y asegurarse de que se cumplan los plazos. Las administraciones regionales podrían supervisar el cumplimiento en el sector.
Que hacer y antes de cuando
| Accion | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Verificar y aplicar el nuevo acuerdo salarial del Convenio colectivo de Trasmed, GLE, SL | art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015 | 30 días desde la publicación en el BOE |
Linea de vida
Recursos BMC para esta norma
- relaciones-laborales/derecho-laboralVer servicio →
- coste-empleado CalculadoraAbrir →