La Resolución de 6 de febrero de 2026 publica el acuerdo de revisión salarial para el año 2026 del Convenio colectivo de Trasmed, GLE, SL. Este acuerdo se regula bajo el art. 90.2 y 3 del texto refundido del RDL 2/2015 y el Real Decreto 713/2010. La norma no establece un plazo de aplicación específico, pero se refiere a la publicación del acuerdo como obligación de cumplimiento por parte de las empresas contratantes.
Aplica a este perfil
art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015
Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.
Aplica a este perfil
art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015
Las empresas del sector navieras que formen parte del Convenio colectivo de Trasmed, GLE, SL deben adoptar el nuevo acuerdo salarial para 2026. El cambio afecta directamente a las condiciones de remuneración de los trabajadores contratados bajo dicho convenio. No se especifica un plazo de aplicación, por lo que las empresas deben actuar en cuanto se publique el acuerdo (art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015).
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Aplicar el acuerdo de revisión salarial del año 2026 del Convenio colectivo de Trasmed, GLE, SL | art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015 |
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