Empresas de la industria química: 3 meses para incorporar el nuevo acuerdo salarial del XXI Convenio colectivo
Ficha tecnica
Resumen
La Resolución de 6 de febrero de 2026 publica el nuevo acuerdo salarial del XXI Convenio Colectivo General de la Industria Química, que se aplica a las empresas del sector. Este acuerdo se regula conforme al art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015 y al Real Decreto 713/2010. Las empresas deben incorporar los nuevos acuerdos salariales en su gestión salarial dentro de un plazo de tres meses desde la publicación del acuerdo, según lo establecido en la Resolución de 6 de febrero de 2025 y su actualización.
En 2 claves
- Empresas de la industria química deben incorporar el nuevo acuerdo salarial en su gestión salarial (art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015)
- Plazo de tres meses para incorporar el nuevo acuerdo salarial desde la publicación (Resolución de 6 de febrero de 2026)
A quien afecta
Aplica a este perfil
- Empresas del sector químico
- Con independencia del tamaño
Aplica a este perfil
- Autónomos que trabajen en la industria química
Aplica a este perfil
- Empresas del sector químico con más de 250 trabajadores
Como afecta a los implicados
Para las empresas del sector químico, se establece un nuevo marco salarial que debe ser incorporado en su planificación salarial. Los trabajadores podrán ver modificaciones en sus salarios según el nuevo acuerdo. Los asesores laborales deben revisar los contratos y ajustar las condiciones salariales en los próximos meses. Las administraciones públicas que supervisan el sector deben verificar el cumplimiento del nuevo convenio.
Que hacer y antes de cuando
| Accion | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Incorporar el nuevo acuerdo salarial del XXI Convenio Colectivo en la gestión salarial | art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015 | 3 meses desde la publicación |
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