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Laboral deporte-ocio

Decathlon España: 3 meses para incorporar el nuevo anexo V del convenio colectivo

BOE-A-2026-3795

Elaborado y revisado por el equipo editorial BMC  ·  Metodologia Publicado 18 feb 2026, 10:27

Ficha tecnica

Tipo
Resolucion (que es?)
Identificador
BOE-A-2026-3795
Publicacion
18 feb 2026
Entrada en vigor
18 feb 2026 (en vigor)

Resumen

El Acuerdo de modificación del IX Convenio colectivo de Decathlon España, SA, añade un nuevo anexo V, que debe ser incorporado por la empresa en el plazo de tres meses desde la publicación, conforme al artículo 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (art. 90.2 y 3 LST). Este cambio afecta a los trabajadores y a la empresa en materia de condiciones laborales específicas del sector de deporte.

En 2 claves

  1. Decathlon España debe incorporar el nuevo anexo V del convenio colectivo en 3 meses (art. 90.2 y 3 LST)
  2. La modificación se basa en el acuerdo firmado y publicado por Resolución de 27 de junio de 2024 (anexo I y AÑADE el V del Convenio publicado por Resolución de 27 de junio de 2024)

A quien afecta

Aplica a este perfil

  • Empresas del sector de deporte con convenio colectivo vigente

Aplica a este perfil

  • Autónomos no afectados por convenios colectivos de empresas

Aplica a este perfil

  • Empresas del sector deportivo con convenio colectivo vigente

Como afecta a los implicados

Para Decathlon España, se impone una obligación de actualizar su convenio colectivo en un plazo de tres meses, lo que puede afectar la gestión de las condiciones laborales. Los trabajadores podrán ver modificadas las condiciones establecidas en el nuevo anexo V, como horarios o beneficios. Los asesores laborales deben revisar las nuevas condiciones para asesorar adecuadamente a los empleados.

Que hacer y antes de cuando

Accion Referencia Plazo
Incorporar el nuevo anexo V del convenio colectivo en el plazo de 3 meses art. 90.2 y 3 LST 3 meses desde la publicación

Linea de vida

2026-02-18PublicacionPublicacion en el BOE
2026-02-18Entra en vigorEntrada en vigor (Resolución de 6 de febrero de 2026)

Recursos BMC para esta norma

Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Informacion, no asesoramiento.

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Este analisis tiene caracter informativo y no constituye asesoramiento juridico ni crea relacion cliente-asesor. BM Consulting.
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