Ir al contenido
BOE-A-2026-3795 ·18 de febrero de 2026 ·Resolución Impacto medio
Laboral

Decathlon España: 3 meses para incorporar el nuevo anexo V del convenio colectivo

El Acuerdo de modificación del IX Convenio colectivo de Decathlon España, SA, incorpora el anexo V publicado por resolución del 27 de junio de 2024. La modificación se regula conforme al art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y al Real Decreto 713/2010. El plazo para su incorporación en el registro es de tres meses desde la publicación (art. 90.2).

En 2 claves

  1. Incorporación del anexo V del convenio colectivo (art. 90.2)
  2. Plazo de 3 meses para registrar la modificación (art. 90.2)

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil pyme.

Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.

Esta normativa no afecta directamente al perfil gran empresa.

Cómo afecta a los implicados

Para las empresas de Decathlon España, se obliga a actualizar el registro del convenio colectivo con el nuevo anexo V. Los trabajadores no sufren cambios directos, pero la empresa debe ajustar sus prácticas laborales conforme al nuevo contenido. El plazo de tres meses impone una obligación de adaptación operativa (art. 90.2).

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Incorporar el anexo V del convenio colectivo en el registro art. 90.2 3 meses desde la publicación

Línea de vida

2026-02-18PublicacionPublicación en el BOE
2026-02-18Entra en vigorEntrada en vigor (art. 90.2)
Sectores afectados
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

¿Esta norma te afecta?

El equipo laboral revisa tu situación concreta.

Hablar con el equipo laboral
Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
Email
Contacto