El Convenio colectivo para establecimientos financieros de crédito se publica y entra en vigor desde el 1 de enero de 2025, conforme a lo establecido en el art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. Este convenio reemplaza el anterior publicado en julio de 2023 y tiene un periodo de vigencia hasta el 31 de diciembre de 2025, prorrogable. Los trabajadores y empresas en el sector financiero deben adaptarse a sus nuevas condiciones laborales.
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Las empresas financieras deben incorporar las nuevas condiciones del convenio colectivo a sus prácticas laborales desde el 1 de enero de 2025. Los trabajadores reciben nuevas condiciones de trabajo, como jornadas, salarios o beneficios, según el nuevo convenio. Los asesores laborales deben revisar los contratos y ajustar las relaciones laborales. Las administraciones públicas deben verificar la conformidad con el nuevo texto.
Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.
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