Empresas financieras: 1 de enero de 2025 para aplicar el nuevo convenio colectivo
Ficha tecnica
Resumen
El Convenio colectivo para establecimientos financieros de crédito se publica y entra en vigor desde el 1 de enero de 2025, conforme a lo establecido en el art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. Este convenio reemplaza el anterior publicado en julio de 2023 y tiene un periodo de vigencia hasta el 31 de diciembre de 2025, prorrogable. Los trabajadores y empresas en el sector financiero deben adaptarse a sus nuevas condiciones laborales.
En 2 claves
- El convenio entra en vigor el 1 de enero de 2025 (art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores)
- El convenio es prorrogable hasta el 31 de diciembre de 2025 (art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores)
A quien afecta
Aplica a este perfil
- Empresas financieras con menos de 250 trabajadores
Aplica a este perfil
- Autónomos en el sector financiero
Aplica a este perfil
- Empresas financieras con más de 250 trabajadores
Como afecta a los implicados
Las empresas financieras deben incorporar las nuevas condiciones del convenio colectivo a sus prácticas laborales desde el 1 de enero de 2025. Los trabajadores reciben nuevas condiciones de trabajo, como jornadas, salarios o beneficios, según el nuevo convenio. Los asesores laborales deben revisar los contratos y ajustar las relaciones laborales. Las administraciones públicas deben verificar la conformidad con el nuevo texto.
Linea de vida
Recursos BMC para esta norma
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