El Real Decreto 87/2026 fija el currículo del Certificado Profesional en Ilustración técnica dentro de la familia profesional Artes Gráficas, incluyendo ofertas de grados A y B. Este cambio establece un nuevo marco formativo que debe ser incorporado por centros de formación profesionales, con un plazo de tres meses para su adaptación (art. 4).
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Los centros de formación en Artes Gráficas deben actualizar sus programas según el nuevo currículo para cumplir con la normativa. Los profesionales del sector ganan claridad en las competencias exigidas, mientras que los centros que no se adapten podrían enfrentar sanciones o pérdida de credibilidad. Los asesores en formación deben revisar los planes de estudio y asegurarse de que los contenidos coincidan con el nuevo certificado.
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Incorporar el nuevo currículo del Certificado Profesional en Ilustración técnica en los programas de formación | art. 2 | 3 meses desde la entrada en vigor |
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