Ir al contenido
BOE-A-2026-3211 ·12 de febrero de 2026 ·Real Decreto Impacto medio
Administrativo

Empresas en Artes Gráficas: 3 meses para incorporar el certificado profesional en Ilustración técnica

El Real Decreto 87/2026 establece el certificado profesional en Ilustración técnica dentro de la familia profesional Artes Gráficas, definiendo su currículo y ofertas de grados A y B. Este certificado se integra en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales conforme al Real Decreto 659/2023. Las empresas que ofrezcan formación en este área deben adaptar sus programas a los nuevos requisitos de formación establecidos (art. 2).

En 2 claves

  1. El certificado profesional en Ilustración técnica se establece en Artes Gráficas (art. 1)
  2. Ofertas de grados A y B se definen en el currículo del certificado (art. 2)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Empresas del sector de Artes Gráficas
  • Que ofrezcan formación en Ilustración técnica

art. 2

Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.

Cómo afecta a los implicados

Para empresas del sector de Artes Gráficas, se requiere actualizar sus programas de formación para incluir el nuevo certificado profesional en Ilustración técnica. Las ofertas de grados A y B deben ajustarse al currículo establecido (art. 2). Los centros de formación deben revisar sus planes de estudio y certificados de competencia. No se especifica un cambio en la carga horaria ni en el acceso a la formación.

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Incorporar el currículo del certificado profesional en Ilustración técnica en programas de formación art. 2 3 meses desde entrada en vigor

Línea de vida

2026-02-12PublicacionPublicación en el BOE
2026-05-15Entra en vigorEntrada en vigor (disposicion final primera)
Sectores afectados
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

¿Esta norma te afecta?

El equipo administrativo revisa tu situación concreta.

Hablar con el equipo administrativo
Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
Email
Contacto