Empresas en Artes Gráficas: 3 meses para incorporar el nuevo currículo del Certificado Profesional en Ilustración técnica
Ficha tecnica
Resumen
El Real Decreto 87/2026 fija el currículo del Certificado Profesional en Ilustración técnica dentro de la familia profesional Artes Gráficas, incluyendo ofertas de grados A y B. Este cambio establece un nuevo marco formativo que debe ser incorporado por centros de formación profesionales, con un plazo de tres meses para su adaptación (art. 4).
En 2 claves
- Se fija el currículo del Certificado Profesional en Ilustración técnica con ofertas de grados A y B (art. 2)
- Plazo de tres meses para adaptar los programas de formación (art. 4)
A quien afecta
Aplica a este perfil
- Empresas en el sector de Artes Gráficas que ofrezcan formación
Aplica a este perfil
- Autónomos que ofrezcan formación en ilustración técnica
Aplica a este perfil
- Empresas con centros de formación en Artes Gráficas
Como afecta a los implicados
Los centros de formación en Artes Gráficas deben actualizar sus programas según el nuevo currículo para cumplir con la normativa. Los profesionales del sector ganan claridad en las competencias exigidas, mientras que los centros que no se adapten podrían enfrentar sanciones o pérdida de credibilidad. Los asesores en formación deben revisar los planes de estudio y asegurarse de que los contenidos coincidan con el nuevo certificado.
Que hacer y antes de cuando
| Accion | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Incorporar el nuevo currículo del Certificado Profesional en Ilustración técnica en los programas de formación | art. 2 | 3 meses desde la entrada en vigor |
Linea de vida
Recursos BMC para esta norma
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