Se suprime la disposición adicional 3 del RD 159/2023 para mejorar el bienestar animal en explotaciones agrarias y acuicultura
Ficha tecnica
Resumen
El Real Decreto 69/2026 suprime la disposición adicional 3 del Real Decreto 159/2023, que regulaba aspectos específicos del bienestar animal en explotaciones agrarias y acuicultura. Esta modificación busca simplificar y actualizar las normas en materia de protección animal, alineándose con el marco legal actual. La supresión se realiza conforme al artículo 4.1 del presente Real Decreto y al artículo 6 del Real Decreto 717/2024.
En 2 claves
- Se suprime la disposición adicional 3 del RD 159/2023 (art. 4.1)
- Se alinea con el Real Decreto 717/2024 y la Ley 32/2007 (art. 6 del RD 717/2024, art. 24 de la Ley 32/2007)
A quien afecta
Aplica a este perfil
- Explotaciones agrarias o de acuicultura con animales de producción
art. 4.1
Aplica a este perfil
- Autónomos con explotaciones agrarias o acuicultura
Como afecta a los implicados
Las explotaciones agrarias y acuicultura que antes debían cumplir con la disposición adicional 3 del RD 159/2023 ahora no la deben aplicar, lo que reduce su carga administrativa. Las autoridades sanitarias y veterinarias simplifican su control. Los asesores en bienestar animal deben actualizar sus guías y procedimientos para reflejar la nueva normativa. Los productores pueden ajustar sus prácticas sin necesidad de cumplir con requisitos específicos suprimidos.
Linea de vida
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