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MEDIO
Laboral

Navantia: prorroga del convenio colectivo hasta el 31 de diciembre de 2029

BOE-A-2026-2706

Elaborado y revisado por el equipo editorial BMC  ·  Metodologia Publicado 5 feb 2026, 20:47

Ficha tecnica

Tipo
Resolucion (que es?)
Identificador
BOE-A-2026-2706
Publicacion
5 feb 2026
Entrada en vigor
5 feb 2026 (en vigor)

Resumen

El Convenio colectivo intercentros de Navantia, SA, S.M.E. se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2029, conforme a lo establecido en el art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y el Real Decreto 713/2010. Esta modificación afecta a los trabajadores de la empresa y a sus centros de trabajo, manteniendo los efectos previos del convenio publicado el 4 de febrero de 2029.

En 2 claves

  1. Prorroga del convenio hasta el 31 de diciembre de 2029 (art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores)
  2. Modificación del convenio publicado el 4 de febrero de 2029 (Real Decreto 713/2010)

A quien afecta

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  • Empresas del sector naval como Navantia

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  • Empresas con estructura intercentros como Navantia

Como afecta a los implicados

Los trabajadores de Navantia benefician de la continuidad del convenio colectivo sin cambios en sus condiciones laborales. La empresa mantiene la estabilidad contractual y los derechos laborales establecidos. Los asesores y representantes sindicales deben verificar que el nuevo plazo de vigencia se refleje en sus informes y negociaciones. Las administraciones públicas que supervisan el cumplimiento del convenio deben actualizar sus registros.

Linea de vida

2026-02-05PublicacionPublicacion en el BOE
2026-02-05Entra en vigorEntrada en vigor (Resolución de 26 de enero de 2026)

Recursos BMC para esta norma

Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Informacion, no asesoramiento.

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Este analisis tiene caracter informativo y no constituye asesoramiento juridico ni crea relacion cliente-asesor. BM Consulting.
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