El Convenio colectivo intercentros de Navantia, SA, S.M.E. se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2029, conforme a lo establecido en el art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y el Real Decreto 713/2010. Esta modificación afecta a los trabajadores de la empresa y a sus centros de trabajo, manteniendo los efectos previos del convenio publicado el 4 de febrero de 2029.
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Los trabajadores de Navantia benefician de la continuidad del convenio colectivo sin cambios en sus condiciones laborales. La empresa mantiene la estabilidad contractual y los derechos laborales establecidos. Los asesores y representantes sindicales deben verificar que el nuevo plazo de vigencia se refleje en sus informes y negociaciones. Las administraciones públicas que supervisan el cumplimiento del convenio deben actualizar sus registros.
Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.
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