Empresas del Grupo Nueva Pescanova: 30 días para incorporar el nuevo convenio colectivo
Ficha tecnica
Resumen
La Resolución de 15 de enero de 2026 publica el Convenio Colectivo del Grupo Nueva Pescanova, que debe ser incorporado por las empresas del grupo dentro de los 30 días siguientes a su publicación, conforme a lo establecido en el art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y el Real Decreto 713/2010. Este cambio obliga a las empresas a actualizar sus condiciones laborales según el nuevo acuerdo colectivo.
En 2 claves
- Las empresas del Grupo Nueva Pescanova deben incorporar el nuevo convenio colectivo en 30 días (art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores)
- El convenio se publica conforme al Real Decreto 713/2010 (Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo)
A quien afecta
Aplica a este perfil
- Empresas del Grupo Nueva Pescanova
Aplica a este perfil
- Autónomos vinculados al grupo o que trabajen en su producción
Aplica a este perfil
- Empresas del Grupo Nueva Pescanova
Como afecta a los implicados
Las empresas del Grupo Nueva Pescanova deben actualizar sus condiciones laborales en los próximos 30 días. Los trabajadores podrán beneficiarse de las nuevas condiciones salariales y de trabajo establecidas en el convenio. Los asesores laborales deben verificar el cumplimiento del plazo y la adecuación del nuevo convenio a las condiciones internas de cada empresa.
Que hacer y antes de cuando
| Accion | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Incorporar el nuevo convenio colectivo en los 30 días siguientes a su publicación | art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores | 30 días |
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