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La Resolución de 15 de enero de 2026 publica el Convenio Colectivo del Grupo Nueva Pescanova, que debe ser incorporado por las empresas del grupo dentro de los 30 días siguientes a su publicación, conforme a lo establecido en el art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y el Real Decreto 713/2010. Este cambio obliga a las empresas a actualizar sus condiciones laborales según el nuevo acuerdo colectivo.
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Las empresas del Grupo Nueva Pescanova deben actualizar sus condiciones laborales en los próximos 30 días. Los trabajadores podrán beneficiarse de las nuevas condiciones salariales y de trabajo establecidas en el convenio. Los asesores laborales deben verificar el cumplimiento del plazo y la adecuación del nuevo convenio a las condiciones internas de cada empresa.
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Incorporar el nuevo convenio colectivo en los 30 días siguientes a su publicación | art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores | 30 días |
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