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BOE-A-2026-2224 ·30 de enero de 2026 ·Resolución Impacto medio
Laboral

Empresas de restauración moderna: 3 meses para aplicar cambios en jornada laboral o multas de hasta 7.500 EUR/trabajador

La resolución publica un acuerdo parcial de modificación del convenio colectivo sectorial de marcas de restauración moderna, que establece nuevas condiciones sobre jornada laboral. Se aplica conforme a art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y al Real Decreto 713/2010. Las empresas deben adaptar sus registros laborales dentro de un plazo de 3 meses, de lo contrario podrían enfrentar multas de hasta 7.500 EUR por trabajador.

En 2 claves

  1. Empresas de restauración moderna deben adaptar sus registros de jornada laboral en 3 meses (art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores)
  2. Multas de hasta 7.500 EUR por trabajador si no se cumplen los plazos (Real Decreto 713/2010)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Empresas del sector de marcas de restauración moderna
  • Con independencia del tamaño

art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores

Aplica a este perfil

  • Autónomos que operen en el sector de marcas de restauración moderna

Cómo afecta a los implicados

Para las empresas del sector de restauración moderna, implica una obligación de actualizar sus registros de jornada laboral en un plazo de 3 meses. Los trabajadores no sufren cambios directos en condiciones de trabajo, pero podrían verse afectados si no se cumplen los nuevos registros. Los asesores laborales deben revisar los registros de jornada y asegurarse de que se cumplan los nuevos plazos. Las administraciones laborales podrán exigir comprobaciones de cumplimiento.

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Actualizar registros de jornada laboral según el nuevo convenio art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores 3 meses desde la entrada en vigor

Línea de vida

2026-01-30PublicacionPublicación en el BOE
2026-02-01Entra en vigorEntrada en vigor (disposiciones finales del acuerdo)
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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