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BOE-A-2026-2069 ·28 de enero de 2026 ·orden Impacto medio
Subvenciones

Empresas pymes: 30 días para presentar solicitudes de ayudas por asesoramiento digital en programas de transformación

La Orden TDF/38/2026 modifica la Orden TDF/436/2024 para establecer un plazo de 30 días para la presentación de solicitudes de ayudas por servicios de asesoramiento digital. Este plazo se aplica a las pymes que accedan a los programas de transformación digital financiados por la UE y el Estado (art. 4). El cambio amplía la accesibilidad temporal de las solicitudes, aunque no modifica el criterio de elegibilidad.

En 1 clave

  1. Pymes deben presentar solicitudes de asesoramiento digital en 30 días desde la publicación (art. 4)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Empresas de menos de 250 trabajadores
  • Que accedan a programas de transformación digital financiados por UE o Estado

art. 4

Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.

Cómo afecta a los implicados

Las pymes deben presentar sus solicitudes de ayudas para asesoramiento digital dentro de 30 días desde la publicación de esta orden (art. 4). El plazo no afecta a las empresas que ya hayan presentado solicitudes previas. Las administraciones deben actualizar sus sistemas para registrar las nuevas solicitudes en el plazo establecido. El sector de comercio electrónico y servicios digitales recibe mayor disponibilidad temporal para acceder a fondos.

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Presentar solicitud de ayuda por asesoramiento digital dentro de 30 días art. 4 30 días desde la publicación

Línea de vida

2026-01-28PublicacionPublicación en el BOE
2026-02-04Entra en vigorEntrada en vigor (art. 17 de la Ley 38/2003)
Sectores afectados
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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