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Empresas pymes: 3 meses para presentar solicitudes de asesoramiento digital en nuevos plazos de presentación

BOE-A-2026-2069

Elaborado y revisado por el equipo editorial BMC  ·  Metodologia Publicado 28 ene 2026, 20:42

Ficha tecnica

Tipo
orden (que es?)
Identificador
BOE-A-2026-2069
Publicacion
28 ene 2026
Entrada en vigor
28 ene 2026 (en vigor)

Resumen

La Orden TDF/38/2026 modifica la Orden TDF/436/2024 para ampliar el plazo de presentación de solicitudes de asesoramiento digital a pymes, estableciendo nuevos procedimientos administrativos y ajustando los artículos 4, 6 y 28. Este cambio permite una mayor accesibilidad y flexibilidad en el proceso de concesión de ayudas, aunque no modifica el monto ni los criterios de selección. La modificación tiene efecto desde la fecha de publicación, con un plazo de adaptación de tres meses para las empresas afectadas (art. 4, 6 y 28).

En 2 claves

  1. Se amplían los plazos de presentación de solicitudes de asesoramiento digital para pymes (art. 4)
  2. Los artículos 6 y 28 de la Orden TDF/436/2024 se modifican para ajustar el procedimiento administrativo (art. 6, 28)

A quien afecta

Aplica a este perfil

  • Empresas de menos de 250 trabajadores
  • Que soliciten servicios de asesoramiento para transformación digital

art. 4

Aplica a este perfil

  • Autónomos que contraten servicios de asesoramiento digital

Como afecta a los implicados

Las pymes benefician con mayor accesibilidad a los canales de presentación de solicitudes, especialmente en zonas sin oficinas administrativas cercanas. Los asesores deben actualizar sus procedimientos para incluir los nuevos plazos y canales de presentación. Las administraciones públicas reducen la carga de trámites presenciales. Las empresas que no actúan dentro del plazo de tres meses podrían perder la oportunidad de acceder a las ayudas.

Que hacer y antes de cuando

Accion Referencia Plazo
Presentar solicitud de asesoramiento digital dentro del plazo de 3 meses art. 4 3 meses desde la entrada en vigor

Linea de vida

2026-01-28PublicacionPublicacion en el BOE
2026-01-28Entra en vigorEntrada en vigor (art. 1)

Recursos BMC para esta norma

Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Informacion, no asesoramiento.

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Este analisis tiene caracter informativo y no constituye asesoramiento juridico ni crea relacion cliente-asesor. BM Consulting.
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