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BOE-A-2026-19485 ·19 de septiembre de 2026 ·orden Impacto medio
Extranjeria

Pasajeros de vuelos y enlaces marítimos desde Italia: prórroga de controles fronterizos en España hasta el 7 de octubre de 2026

Se prorroga el restablecimiento temporal de los controles fronterizos en las fronteras interiores aéreas y marítimas españolas para pasajeros procedentes de la República Italiana (art. 1). Esta medida responde a la persistencia de razones de urgencia y amenaza grave para el orden público y la seguridad interior. La prórroga se establece bajo el marco del Código de fronteras Schengen (art. 1).

En 3 claves

  1. Los controles estarán vigentes desde las 00:00 del 23 de septiembre de 2026 hasta las 24:00 del 7 de octubre de 2026, art. 2.1 (art. 2.1)
  2. El fin del periodo establecido determinará el levantamiento automático de los controles, art. 2.3 (art. 2.3)
  3. La medida no podrá ser prorrogada automáticamente, requiriendo una nueva decisión motivada, art. 2.4 (art. 2.4)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Pasajeros procedentes de la República Italiana
  • Viajes por vía aérea o enlaces marítimos hacia España

art. 1

Cómo afecta a los implicados

Los pasajeros que viajen por aire o mar desde Italia hacia España se enfrentarán a controles fronterizos obligatorios en las fronteras interiores (art. 1). La medida tiene una vigencia limitada y se levantará automáticamente al finalizar el plazo o si desaparecen las amenazas que la motivaron (art. 2.2 y 2.3). No se permiten prórrogas automáticas, lo que implica que cualquier extensión requerirá una nueva decisión motivada (art. 2.4).

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Prever posibles retrasos o controles adicionales en vuelos y trayectos marítimos desde Italia art. 1

Línea de vida

2026-09-19PublicacionPublicación en el BOE
2026-09-23Entra en vigorEntrada en vigor (art. 2.1)
Sectores afectados
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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