El Real Decreto 729/2026 regula la concesión directa de una subvención a la sociedad de garantía recíproca Audiovisual Fianzas SGR (CREA SGR) para facilitar el acceso a la financiación de pymes del sector audiovisual y creativo. El procedimiento de concesión se iniciará de oficio y la entidad deberá presentar su solicitud en un plazo de diez días hábiles desde la entrada en vigor de la norma (art. 3.1). La subvención se rige por la Ley 38/2003 de Subvenciones y su Reglamento (art. 2.1).
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Para las pymes del sector audiovisual, cultural, creativo y deportivo, la norma refuerza la disponibilidad de avales técnicos y financieros a través de CREA SGR, que actúa como interlocutor especializado para mejorar las condiciones de crédito (exposición). La sociedad beneficiaria (CREA SGR) debe cumplir con un plazo estricto de diez días hábiles para la presentación de la solicitud y la memoria técnico-económica justificativa (art. 3.1).
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Presentar solicitud de subvención dirigida a la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial | art. 3.1 | 10 días hábiles desde la entrada en vigor |
| Aportar memoria técnico-económica justificativa y declaración responsable de ayudas | art. 3.1 | junto con la solicitud |
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