La Orden APA/879/2026 establece las condiciones técnicas, bienes asegurables y exclusiones para el seguro de explotaciones de uva de vinificación en la Comunidad Autónoma de Canarias (art. 1). La cobertura se aplica a parcelas inscritas en el Registro Vitícola de Canarias o con inscripción solicitada (art. 1). Se definen como bienes asegurables tanto las producciones de distintas variedades como los plantones en fase de desarrollo previa a la producción (art. 2.1).
Aplica a este perfil
art. 1
Aplica a este perfil
art. 1
Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.
Para los agricultores de uva de vinificación en Canarias, la norma delimita qué parcelas pueden proteger, exigiendo la inscripción en el Registro Vitícola (art. 1). Los productores de plantaciones jóvenes deben observar los periodos mínimos de edad para evitar la exclusión de cobertura (art. 2.2.a). Quedan totalmente excluidas las producciones de parcelas en estado de abandono, de experimentación o destinadas al autoconsumo (art. 2.2).
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Verificar la inscripción en el Registro Vitícola de Canarias para asegurar la cobertura | art. 1 | |
| Comprobar que la edad de la plantación cumple los mínimos exigidos según sea secano o regadío | art. 2.2.a |
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