La Orden TES/679/2026 modifica el artículo 12.2 de la Orden TMS/368/2019 para establecer un plazo de 30 días para que las administraciones ajusten las condiciones de subvención en programas de capacitación dirigidos al desempleo. Este cambio busca garantizar la transparencia y la accesibilidad de las ayudas en programas de formación profesional. La norma se enmarca en el marco del Real Decreto 694/2017 y la Ley 30/2015, y se alinea con la Ley 3/2023 sobre trabajo y empleo (art. 12.2).
Aplica a este perfil
art. 12.2
Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.
Aplica a este perfil
art. 12.2
Las administraciones públicas que gestionan programas de formación para desempleados deben actualizar sus condiciones de subvención dentro de 30 días, de lo contrario podrían perder la capacidad de otorgar ayudas. Los beneficiarios de formación perciben mayor claridad en los criterios de acceso. El plazo de ajuste se aplica a todos los programas de capacitación dirigidos al desempleo, sin distinción de sector o región (art. 12.2).
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Ajustar condiciones de subvención en programas de capacitación para desempleados dentro de 30 días | art. 12.2 | 30 días |
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