La Orden TES/679/2026 modifica la regulación de formación profesional para el empleo, sustituyendo el término por 'formación en el trabajo' y estableciendo que las administraciones deben definir sus fines específicos en el ámbito de la política activa de empleo. Este cambio busca alinear la oferta formativa con los objetivos de empleabilidad y reducción del desempleo, conforme a la Ley 3/2023. Los artículos 33 y 2.2 de la Ley 3/2023 son clave para entender el nuevo marco normativo (cite: art. 33, art. 2.2).
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Las administraciones públicas deben definir claramente los fines de sus programas de formación en el trabajo, lo que implica un mayor esfuerzo en la planificación y justificación de sus ofertas. Los profesionales del sector formativo deben adaptar sus propuestas a este nuevo enfoque. Los trabajadores beneficiarios podrán acceder a programas más alineados con sus necesidades de empleabilidad. Los asesores deben revisar los programas de formación que recomiendan para asegurar que cumplen con los nuevos principios establecidos en la Ley 3/2023.
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Definir los fines específicos de los programas de formación en el trabajo | art. 33 Ley 3/2023 |
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