La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública resuelve sobre la suspensión de la inscripción de un auditor voluntario en el Registro Mercantil. El Registrador denegó la inscripción de un nombramiento voluntario de auditor para el ejercicio 2024 debido a la existencia de un expediente de nombramiento de auditor incoado por un socio minoritario que se encontraba pendiente de resolución ante la propia Dirección General (art. 10 del Reglamento del Registro Mercantil).
Aplica a este perfil
Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.
Para las sociedades mercantiles, la existencia de un procedimiento de nombramiento de auditor iniciado por un socio minoritario bloquea la inscripción de cualquier nombramiento voluntario realizado por la administración mientras no se resuelva el primer expediente (art. 10 del Reglamento del Registro Mercantil). Esto implica un riesgo de inseguridad jurídica en la designación de auditores si coexisten dos vías de nombramiento en conflicto.
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Resolver el expediente de nombramiento de auditor incoado por el socio minoritario para desbloquear inscripciones |
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