El Real Decreto 518/2026 suprime el artículo 93 del Reglamento General de Circulación y añade un nuevo título (VI) enfocado en la protección de usuarios vulnerables de la vía. Este cambio busca mejorar la seguridad y los derechos de personas en situaciones de riesgo en el tráfico. La modificación afecta directamente a las normas sobre uso de equipos de protección y circulación de vehículos en zonas con alto riesgo (art. 93 suprimido, título VI añadido).
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Los conductores de vehículos, especialmente de bicicletas, motocicletas y vehículos de movilidad personal, deben tener en cuenta las nuevas disposiciones sobre protección individual y circulación en zonas vulnerables. Las administraciones de tráfico podrán aplicar las nuevas normas en inspecciones y sanciones. Los asesores de tráfico deben actualizar sus guías y recomendaciones para incluir el nuevo título VI. Los usuarios vulnerables (niños, personas mayores, discapacitadas) obtienen mayor protección normativa.
Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.
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