La norma suprime el artículo 93 del Reglamento General de Circulación y añade un nuevo título VI dedicado a la protección de usuarios vulnerables. Este cambio busca reforzar las medidas de seguridad en la vía, especialmente para grupos en riesgo. La modificación se aplica al anexo I del texto refundido de Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre (art. 1).
Esta normativa no afecta directamente al perfil pyme.
Esta normativa no afecta directamente al perfil startup.
Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.
Aplica a este perfil
art. 1
Esta normativa no afecta directamente al perfil gran empresa.
Aplica a este perfil
art. 1
Los conductores de vehículos de motor, motocicletas y bicicletas, especialmente en zonas con alto riesgo de accidentes, deben tener en cuenta las nuevas disposiciones de protección. Los usuarios vulnerables, como niños, personas mayores o con discapacidad, obtienen un marco legal más robusto. Las administraciones de tráfico deben actualizar sus guías y formación. El cambio no afecta directamente a los particulares en uso de vehículos de movilidad personal, pero sí a las políticas de seguridad vial (art. 1).
Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.
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