CITpax: 30 días para presentar solicitud de subvención por actividades de paz
Ficha tecnica
Resumen
El Real Decreto 516/2026 establece la concesión directa de una subvención al Centro Internacional de Toledo para la Paz (CITpax) para actividades en el marco de la política exterior. La solicitud debe presentarse dentro de los 30 días siguientes a la publicación del Real Decreto, conforme al artículo 67 del Reglamento del Real Decreto 887/2006 y a los arts. 22.2.c) y 28 de la Ley 38/2003. Este cambio permite que CITpax acceda a financiación directa sin necesidad de proceso previo de selección.
En 2 claves
- CITpax debe presentar solicitud de subvención en 30 días (art. 67 del R.D. 887/2006)
- La subvención está vinculada a actividades de política exterior (arts. 22.2.c) y 28 de la Ley 38/2003)
A quien afecta
Aplica a este perfil
- Organizaciones sin fines de lucro dedicadas a cooperación internacional
Aplica a este perfil
- Autónomos no relacionados directamente con CITpax
Aplica a este perfil
- Empresas no vinculadas a actividades de paz o cooperación internacional
Como afecta a los implicados
Para CITpax, se genera una oportunidad de acceso directo a financiación para actividades de paz. Las administraciones de cooperación internacional podrían optimizar el proceso de asignación de recursos. Los asesores de organizaciones internacionales deben verificar si el plazo de presentación se aplica a sus clientes. Los actores del sector de cooperación internacional podrían beneficiarse de una mayor agilidad en la concesión de subvenciones.
Que hacer y antes de cuando
| Accion | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Presentar solicitud de subvención dentro de los 30 días siguientes a la publicación | art. 67 del R.D. 887/2006 | 30 días |
Linea de vida
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