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CRITICO
Fiscal construccion

Se suprime la disposición adicional 3 y se añade el art. 115 bis y la disposición transitoria 9 a la Ley 10/2005

BOE-A-2026-13575

Elaborado y revisado por el equipo editorial BMC  ·  Metodologia Publicado 23 jun 2026, 20:13

Ficha tecnica

Tipo
Ley (que es?)
Identificador
BOE-A-2026-13575
Publicacion
23 jun 2026
Entrada en vigor
23 jun 2026 (en vigor)

Resumen

La Ley 3/2026 modifica la Ley de Puertos de las Illes Balears al suprimir la disposición adicional 3 y añadir el artículo 115 bis y la disposición transitoria 9. Este cambio afecta al régimen administrativo de los puertos, especialmente en lo referente a concesiones y procedimientos de gestión. La modificación se realiza conforme al art. 48.2 del Estatuto de las Illes Balears y se publica en el BOIB núm. 68, de 30 de mayo de 2026.

En 2 claves

  1. Se suprime la disposición adicional 3 de la Ley 10/2005 (disposiciones modificadas)
  2. Se añade el artículo 115 bis y la disposición transitoria 9 (art. 115 bis y disposición transitoria 9)

A quien afecta

Aplica a este perfil

  • Empresas con actividades portuarias en las Illes Balears

Aplica a este perfil

  • Autónomos con actividades en el sector portuario

Aplica a este perfil

  • Empresas con operaciones portuarias en las Illes Balears

Como afecta a los implicados

Las administraciones portuarias deben actualizar sus procedimientos administrativos conforme a la nueva norma, especialmente en la gestión de concesiones y registros. Los operadores portuarios y empresas con actividades en puertos baleares podrán beneficiarse de la clarificación jurídica y del nuevo artículo 115 bis. Los asesores deben revisar los procedimientos de concesión y cumplimiento de plazos transitorios para evitar incumplimientos.

Linea de vida

2026-06-23PublicacionPublicacion en el BOE
2026-06-23Entra en vigorEntrada en vigor (publicada en el BOIB núm. 68, de 30 de mayo de 2026)

Recursos BMC para esta norma

Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Informacion, no asesoramiento.

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