Empresas agrícolas en Cataluña: 23 de junio para efectuar el traspaso de medios patrimoniales
Ficha tecnica
Resumen
El Real Decreto 507/2026 amplía los medios patrimoniales traspasados a la Generalitat de Cataluña por el Real Decreto 241/1981, conforme al art. 116 del Estatuto aprobado por la Ley Orgánica 6/2006. El traspaso de estos bienes inmuebles se efectúa a partir del 23 de junio de 2026, fecha en la que se produce su efectividad. Este cambio afecta a las entidades agrícolas que gestionen servicios en el ámbito de Canal Xerta-Sénia.
En 2 claves
- Ampliación de medios patrimoniales para servicios en Canal Xerta-Sénia (art. 116 del Estatuto aprobado por la Ley Orgánica 6/2006)
- Efectividad del traspaso desde el 23 de junio de 2026 (texto fuente)
A quien afecta
Aplica a este perfil
- Empresas agrícolas en Cataluña
- Gestión de servicios en Canal Xerta-Sénia
Aplica a este perfil
- Autónomos con actividad agrícola en Cataluña
- Relación con servicios en Canal Xerta-Sénia
Aplica a este perfil
- Empresas agrícolas con operaciones en Cataluña
- Involucradas en servicios del Canal Xerta-Sénia
Como afecta a los implicados
Para las empresas agrícolas en Cataluña, se amplía el patrimonio disponible para el desarrollo agrario, facilitando la gestión de servicios en zonas como Xerta-Sénia. Las administraciones regionales y las entidades agrícolas deben ajustar sus registros y procedimientos para reconocer los nuevos medios patrimoniales. Los asesores deben verificar la fecha de efectividad y asegurarse de que los traspasos se registren correctamente.
Linea de vida
Recursos BMC para esta norma
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