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Subvenciones

La Federación Española de Municipios y Provincias debe presentar el plan de ejecución de la subvención en 30 días desde la entrada en vigor

BOE-A-2026-13204

Elaborado y revisado por el equipo editorial BMC  ·  Metodologia Publicado 18 jun 2026, 19:56

Ficha tecnica

Tipo
Real Decreto (que es?)
Identificador
BOE-A-2026-13204
Publicacion
18 jun 2026

Resumen

El Real Decreto 492/2026 modifica el RD 668/2025 al establecer un plazo de 30 días para que la Federación Española de Municipios y Provincias presente su plan de ejecución del servicio de teleasistencia móvil a víctimas de violencia de género. Este requisito se añade a los artículos 4.1, 6, 9.1, 2 y 10.2 y 3 del RD 668/2025, reforzando la transparencia y seguimiento del uso de la subvención.

En 1 clave

  1. La Federación debe presentar el plan de ejecución en 30 días (art. 4.1, 6, 9.1 y 2 y 10.2 y 3 del RD 668/2025)

A quien afecta

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Como afecta a los implicados

Para la Federación Española de Municipios y Provincias, implica una obligación de presentar un plan de ejecución en un plazo razonable, lo que requiere planificación y coordinación interna. Las administraciones locales que participan en el servicio podrán beneficiarse de la mejora en la gestión del servicio, pero deben asegurarse de cumplir con los plazos. Los asesores de políticas sociales deben ajustar sus informes para incluir el nuevo requisito de planificación ejecutiva.

Que hacer y antes de cuando

Accion Referencia Plazo
Presentar el plan de ejecución del servicio de teleasistencia en 30 días art. 4.1, 6, 9.1 y 2 y 10.2 y 3 del RD 668/2025 30 días desde la entrada en vigor

Linea de vida

2026-06-18PublicacionPublicacion en el BOE

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