Se añade el artículo 33 bis a la Ley 17/2006 para regular la contabilidad de Radiotelevisión Española
Ficha tecnica
Resumen
La norma añade un nuevo artículo (33 bis) a la Ley 17/2006 sobre contabilidad, específicamente para regular el sistema contable de Radiotelevisión Española, SA. Este cambio busca establecer un marco jurídico más preciso para su gestión financiera y contable, conforme a lo previsto en el Real Decreto 1514/2007. La medida se enmarca en el objetivo de garantizar la prestación del servicio público por parte de la entidad estatal.
En 2 claves
- Se añade el artículo 33 bis a la Ley 17/2006 para regular la contabilidad de Radiotelevisión Española (art. 33 bis a la Ley 17/2006)
- La norma se basa en el Real Decreto 1514/2007 para establecer el marco jurídico (conforme al Real Decreto 1514/2007)
A quien afecta
Aplica a este perfil
- Empresas con actividad en medios de comunicación
Aplica a este perfil
- Autónomos con actividad en radio o televisión
Aplica a este perfil
- Empresas públicas con actividad en radiodifusión
Como afecta a los implicados
La administración pública y la entidad Radiotelevisión Española deben adaptar su sistema contable conforme al nuevo artículo 33 bis. Los auditores y gestores financieros deberán ajustar sus procedimientos para cumplir con la nueva regulación. Los asesores de empresas públicas deben estar al tanto de esta modificación para garantizar la conformidad fiscal y contable.
Linea de vida
Recursos BMC para esta norma
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