Se publica el Convenio colectivo para el sector de conservas y productos de pescados y mariscos. El convenio entra en vigor el 1 de enero de 2025 y tiene vigencia hasta el 31 de diciembre de 2030, prorrogable. Se corrigen erratas en la publicación anterior (BOE núm. 152, 23 de junio de 2026).
Aplica a este perfil
art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015
Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.
art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015
Aplica a este perfil
art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015
Las empresas del sector de conservas, salazones, ahumados y productos de pescados y mariscos deben aplicar el nuevo convenio colectivo a partir del 1 de enero de 2025. El plazo de vigencia se extiende hasta 2030, prorrogable. No hay cambios en derechos o obligaciones directas para trabajadores, pero se establece el marco legal que regirá las condiciones laborales en el sector (art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015).
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Aplicar el nuevo convenio colectivo desde el 1 de enero de 2025 | art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015 | 1 de enero de 2025 |
| Corregir erratas en la publicación BOE núm. 152, 23 de junio de 2026 | corrección de erratas |
El equipo laboral revisa tu situación concreta.