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CRITICO
Fiscal agricultura

Empresas con más de 10 trabajadores: 1 de julio de 2026 para aplicar cambios en el art. 89.1

BOE-A-2026-12302

Elaborado y revisado por el equipo editorial BMC  ·  Metodologia Publicado 8 jun 2026, 19:06

Ficha tecnica

Tipo
Ley (que es?)
Identificador
BOE-A-2026-12302
Publicacion
8 jun 2026
Entrada en vigor
1 jul 2026 (en vigor)

Resumen

La norma modifica el artículo 89.1 con efectos desde el 1 de julio de 2026, afectando a empresas con más de 10 trabajadores. Este cambio introduce nuevas condiciones en el régimen tributario relacionado con actividades económicas como agricultura, ganadería y transporte. La disposición se enmarca en el contexto de la crisis en Oriente Medio y se publica en el BOC extraordinario del 7 de abril de 2026.

En 2 claves

  1. Aplicación del art. 89.1 desde el 1 de julio de 2026 (art. 89.1)
  2. Modificación del régimen tributario para empresas con más de 10 trabajadores (art. 89.1)

A quien afecta

Aplica a este perfil

  • Empresas con más de 10 trabajadores
  • Actividades en agricultura, ganadería, transporte o pesca

art. 89.1

Aplica a este perfil

  • Autónomos con trabajadores a cargo
  • Actividades relacionadas con agricultura o transporte

Como afecta a los implicados

Para empresas con más de 10 trabajadores, se debe adaptar su sistema tributario a partir del 1 de julio de 2026. Los asesores deben revisar las nuevas condiciones del art. 89.1 para garantizar la conformidad. Las administraciones regionales deben actualizar sus procedimientos. Los sectores afectados (agricultura, transporte, pesca) deben evaluar el impacto en sus costes y declaraciones.

Que hacer y antes de cuando

Accion Referencia Plazo
Revisar y ajustar el régimen tributario conforme al art. 89.1 art. 89.1 1 de julio de 2026

Linea de vida

2026-06-08PublicacionPublicacion en el BOE
2026-07-01Entra en vigorEntrada en vigor (art. 89.1)

Recursos BMC para esta norma

Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Informacion, no asesoramiento.

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Este analisis tiene caracter informativo y no constituye asesoramiento juridico ni crea relacion cliente-asesor. BM Consulting.
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