Asociaciones y entidades de economía social: 30 días para presentar proyectos de subvención o perder derecho a financiación
Ficha tecnica
Resumen
La Orden TES/567/2026 deroga la anterior orden TES/889/2024 y establece nuevas bases para la concesión de subvenciones a proyectos de economía social y responsabilidad social. Las entidades asociativas y representativas deben presentar sus proyectos dentro de un plazo de 30 días desde la publicación, según lo establecido en el artículo 4.1. Este cambio reemplaza el marco anterior y modifica los criterios de selección y financiación.
En 2 claves
- Se deroga la Orden TES/889/2024 y se establecen nuevas bases para subvenciones en economía social (art. 1.1)
- Plazo de 30 días para presentar proyectos desde la publicación del BOE (art. 4.1)
A quien afecta
Aplica a este perfil
- Empresas que desarrollen proyectos de economía social o responsabilidad social
Aplica a este perfil
- Autónomos que participen en proyectos de economía social o representación asociativa
Aplica a este perfil
- Particulares que gestionen entidades asociativas o representativas
Aplica a este perfil
- Empresas con proyectos de economía social o responsabilidad social
Aplica a este perfil
- Entidades no residentes en España que presenten proyectos de economía social
Como afecta a los implicados
Las asociaciones y entidades de economía social deben presentar sus proyectos de subvención en un plazo de 30 días, lo que implica un cambio en sus planes de financiación. Las administraciones públicas podrán evaluar y conceder subvenciones bajo los nuevos criterios. Los asesores deben actualizar sus procedimientos para que sus clientes cumplan con el nuevo plazo y requisitos. Las entidades que no presenten sus proyectos perderán derecho a la financiación.
Que hacer y antes de cuando
| Accion | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Presentar proyectos de subvención dentro de 30 días desde la publicación | art. 4.1 | 30 días |
Linea de vida
Recursos BMC para esta norma
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