Empresas del Grupo Nortegas: 30 días para incorporar el anexo VIII y protocolo de actuación del convenio
Ficha tecnica
Resumen
El acuerdo modifica parcialmente el II Convenio Colectivo del Grupo Nortegas, añadiendo el anexo VIII y el protocolo de actuación publicado el 19 de enero de 2024. Esta modificación debe ser incorporada por las empresas del grupo dentro de un plazo de 30 días desde la publicación de la resolución (art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015 y Real Decreto 713/2010).
En 2 claves
- Se añade el anexo VIII y protocolo de actuación al convenio del Grupo Nortegas (art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015)
- Plazo de 30 días para incorporar la modificación (Real Decreto 713/2010)
A quien afecta
Aplica a este perfil
- Empresas del Grupo Nortegas
- Con independencia del tamaño
Aplica a este perfil
- Autónomos vinculados al Grupo Nortegas
Aplica a este perfil
- Empresas del Grupo Nortegas
Como afecta a los implicados
Las empresas del Grupo Nortegas deben actualizar sus procesos internos para incorporar el nuevo anexo y protocolo de actuación, lo que puede afectar la gestión de conflictos laborales y la resolución de situaciones de conflicto. Los trabajadores podrían ver mejoras en la transparencia y la forma de actuación en casos de conflicto. Los asesores laborales deben revisar sus procedimientos para asegurar que los nuevos protocolos estén en vigor.
Que hacer y antes de cuando
| Accion | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Incorporar el anexo VIII y el protocolo de actuación del convenio en los procesos internos | art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015 | 30 días desde la publicación |
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