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El acuerdo modifica parcialmente el II Convenio Colectivo del Grupo Nortegas, añadiendo el anexo VIII y el protocolo de actuación publicado el 19 de enero de 2024. Esta modificación debe ser incorporada por las empresas del grupo dentro de un plazo de 30 días desde la publicación de la resolución (art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015 y Real Decreto 713/2010).
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Las empresas del Grupo Nortegas deben actualizar sus procesos internos para incorporar el nuevo anexo y protocolo de actuación, lo que puede afectar la gestión de conflictos laborales y la resolución de situaciones de conflicto. Los trabajadores podrían ver mejoras en la transparencia y la forma de actuación en casos de conflicto. Los asesores laborales deben revisar sus procedimientos para asegurar que los nuevos protocolos estén en vigor.
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