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BOE-A-2026-11926 ·3 de junio de 2026 ·Resolución Impacto medio
Laboral

Empresas del sector de Ferralla: 30 días para aplicar las nuevas tablas salariales del VIII Convenio colectivo

La Resolución de 21 de mayo de 2026 publica las tablas salariales del VIII Convenio colectivo de Industrias de Ferralla, aprobadas conforme al art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015 y al Real Decreto 713/2010. Las nuevas tablas entran en vigor tras 30 días desde su publicación en el BOE (art. 2). Las empresas afectadas deben actualizar sus contratos o acuerdos salariales en el plazo establecido.

En 2 claves

  1. Las empresas del sector de Ferralla deben aplicar las nuevas tablas salariales en 30 días (art. 2)
  2. Las tablas salariales se basan en el RDL 2/2015 y el Real Decreto 713/2010 (art. 90.2 y 3)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Empresas del sector de Ferralla
  • Con número de trabajadores superior a cero

art. 2

Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.

art. 2

Cómo afecta a los implicados

Las empresas del sector de Ferralla deben ajustar sus tablas salariales a las nuevas cifras publicadas en el Convenio colectivo. El plazo de 30 días para su aplicación afecta directamente a las contrataciones y pagos salariales. Los trabajadores podrán ver modificaciones en sus salarios desde el inicio del periodo de aplicación. No hay cambios en el régimen de trabajo ni en derechos laborales.

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Aplicar las nuevas tablas salariales del VIII Convenio colectivo en el plazo de 30 días art. 2 30 días desde la publicación

Línea de vida

2026-06-03PublicacionPublicación en el BOE
2026-06-30Entra en vigorEntrada en vigor (art. 2)
Sectores afectados
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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