La Dirección de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) establece una exención a la solicitud de acuerdo previo en materia de servidumbres aeronáuticas para el término municipal de Vitoria-Gasteiz. Esta exención permite realizar construcciones, instalaciones o plantaciones sin el visto bueno previo de AESA, siempre que no superen las superficies de limitación de altura de las servidumbres del aeropuerto de Vitoria y no afecten a la seguridad de las operaciones aéreas (Hechos Segundo). La exención se limita estrictamente a las zonas delimitadas en los planos técnicos del estudio realizado por la Agencia.
Aplica a este perfil
Hechos Segundo
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Para los propietarios, promotores y empresas que realicen obras en el término municipal de Vitoria-Gasteiz, se elimina la necesidad de tramitar el acuerdo previo de AESA para actuaciones que se mantengan dentro de los límites de altura y seguridad establecidos (Hechos Segundo). No obstante, cualquier área fuera de los planos de exención o que incumpla las condiciones técnicas seguirá requiriendo autorización previa, bajo riesgo de revocación de la exención y sanciones según la Ley 21/2003 (Fundamentos de Derecho Segundo).
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Verificar que la ubicación y altura de la obra se encuentran dentro de los planos de exención de AESA | Hechos Segundo |
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